Si no constituye infracción penal, portar armas de cualquier clase en lugares de concentración, salvo que estuvieren habilitados, ¿de qué infracción administrativa se trata?
La respuesta correcta es la a: Grave. Portar armas en lugares de concentración, salvo los habilitados, es infracción grave (art. 156.i del Reglamento de Armas), con multa de 300,51 a 450,76 euros, incautación y posible retirada de licencias. El art. 146.2 del Reglamento estima ilícito llevar o usar armas en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento. Las armas solo pueden llevarse en el trayecto hacia la actividad autorizada, desmontadas o en su funda o caja (art. 149.1).
El tema 5 trata del régimen sancionador: delitos e infracciones en materia de armas, quién sanciona, plazos de prescripción y retirada de las armas.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 5 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
