¿Debe comunicarse a la Intervención de Armas la enajenación de un arma?
La respuesta correcta es la a: Siempre. Siempre. Según el artículo 94.2 del Reglamento de Armas, la cesión de un arma entre particulares se hace con conocimiento de la Intervención de Armas, que recoge la guía del vendedor y expide una nueva. El artículo 95.2 exige también el conocimiento de la Intervención cuando se enajena a un comerciante autorizado. No es una obligación limitada a las armas cortas, y no existe un supuesto en que pueda omitirse.
El tema 3 trata de la circulación de las armas: cómo se adquieren, transportan, venden o ceden, la guía de pertenencia y la revista de armas.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 3 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
