¿Puede llevar un arma de fuego personalmente el/la titular de la misma para su reparación?
La respuesta correcta es la c: Sí. Sí, el titular puede llevar personalmente su arma a reparar. El art. 26.3 del Reglamento de Armas prevé la guía de circulación solo cuando el propietario reside en una localidad distinta a la del armero y no lleva el arma personalmente, lo que implica que si la lleva él mismo basta con la guía de pertenencia. Naturalmente, el transporte debe hacerse con las precauciones reglamentarias: el arma descargada y desmontada o en su caja o funda (art. 149.1).
El tema 6 trata de la reparación de armas, las pruebas a las que se someten y el depósito de armas.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 6 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
