¿Qué licencia de armas debe obtenerse para poseer, llevar y usar ballestas (Categoría 7ª2)?
La respuesta correcta es la b: Licencia de armas "E". Las ballestas son armas de la 7.ª categoría, apartado 2. El artículo 96.4.d) del Reglamento de Armas establece que los poseedores de armas de las categorías 3.ª y 7.ª, apartados 2 y 3, precisan licencia de armas E, y el artículo 101.1 añade que esa licencia autoriza a poseer, llevar y usar tales armas. Por tanto sí necesitan licencia, y no basta con una tarjeta deportiva, que no documenta la tenencia de la ballesta.
El tema 4 trata de los documentos para la tenencia y el uso de armas: tipos de licencias y autorizaciones, requisitos, validez y renovación, y la tarjeta europea de armas de fuego.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 4 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 4 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
