Una persona con nacionalidad español/a, ¿a quien podrá prestar su escopeta?
La respuesta correcta es la c: A quienes estén provistos de la licencia de armas correspondiente y de licencia de caza. El artículo 91.1 del Reglamento de Armas permite a los españoles prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente. Por tanto, para prestar la escopeta no basta con que el beneficiario tenga licencia de caza: también necesita la licencia de armas correspondiente. Y no es cierto que no pueda prestarse, siempre que haya autorización escrita y se cumpla el plazo.
El tema 3 trata de la circulación de las armas: cómo se adquieren, transportan, venden o ceden, la guía de pertenencia y la revista de armas.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 3 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
