¿Se pueden utilizar miras telescópicas en las armas de la categoría 2ª.2?
La respuesta correcta es la a: Si. Sí, se pueden utilizar miras telescópicas en las armas de la categoría 2.ª.2, las armas largas rayadas de caza mayor. El artículo 100.6 del Reglamento de Armas permite la adquisición, tenencia y uso de alzas o miras telescópicas o artificios adaptables a las armas de caza mayor a las personas que acrediten poseer licencia D, y los establecimientos de venta deben comunicarlo a la Intervención de Armas. No está prohibido (opción c), pero sí requiere esa licencia.
El tema 2 trata de cómo clasifica las armas el Reglamento de Armas: definiciones, categorías, armas prohibidas y qué armas ampara cada licencia.
El reparto oficial de la Guardia Civil asigna 3 preguntas a este tema. El examen tiene 20 preguntas, y hay que acertar al menos 16 para aprobar. Puedes repasar todas las preguntas del tema 2 o hacer el test del tema.
Pregunta y respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil para la prueba teórica de las licencias de armas D, E y AEM. Las explicaciones son nuestras y no sustituyen a la normativa vigente.
